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Opinión

Dedicación exclusiva no promueve eficiencia

Carolina Zúñiga*

La dedicación exclusiva constituye una compensación económica retribuida al servidor de nivel profesional, para que obligatoriamente no ejerza de manera particular (remunerada o ad honorem) la profesión que sirve, como requisito para desempeñar el puesto que ostenta así como las actividades relacionadas con esta. Tiene como objetivos: a. Obtener del servidor de nivel profesional su completa dedicación a la función pública, no sólo aportando los conocimientos que se deriven de la profesión que ostente, sino también evitar su fuga, privando a la Administración de funcionarios idóneos y capaces. b. Motivar al servidor de nivel profesional a la obtención del más alto nivel académico, para realizar con mayor eficiencia las tareas que se le encomiendan (Decreto nº23699-H de octubre de 1994).

 

El pago de esta “retribución” a los cerca de 45.000 profesionales que la reciben representará cerca de ¢125.000 millones de colones en el año 2016, una suma nada despreciable si se toma en cuenta que semestralmente aumenta de forma proporcional a la base salarial. En este contexto resulta conveniente advertir que los dos objetivos que justifican la existencia de este plus salarial no han logrado concretarse, y por ello, hoy día debería cuestionarse fuertemente el aporte de este componente (de carácter temporal, definido y prorrogable) en la conformación de una burocracia cada día más comprometida con su trabajo, idónea, capaz y orientada a la profesionalización y servicio de calidad.

 

Dentro del sector público la tranquilidad y estabilidad que se promueve mediante el Servicio Civil y otros regímenes estatutarios han sido resultado de luchas sociales encaminadas a mejorar la calidad de vida de sus empleados, sin embargo, el espíritu detrás de estos ha sido pervertido por una cultura institucional que premia la mediocridad y no promueve la sana competencia entre sus colaboradores. Me atrevería a afirmar que hoy día la gran fuga de profesionales hacia el sector público no radica exclusivamente en el elemento salarial; la promoción de la excelencia que se origina en sistemas competitivos configura un modelo de profesional muy distante al que promueve el sector público; la competencia es un motivador suficiente para crecer en todos los ámbitos, muy especialmente en el campo académico y profesional.

 

Adicionalmente, no existe evidencia que demuestre los efectos lesivos que puede producir para una institución el ejercicio de una profesión “por fuera”. Existen casos excepcionales que ameritan esa “retribución”, pero para ello existe la figura de la prohibición que opera bajo el principio de reserva de ley, y establece de forma previa aquellos puestos en que se exige esta limitación en aras de garantizar la imparcialidad y objetividad en el desempeño de ciertas funciones públicas (v. gr. administración de justicia); pero esto no es óbice para establecer también una crítica a la figura de la prohibición legal. Se entiende entonces bajo esa tesitura que no sería conveniente litigar contra el propio patrono (el Estado), o comprometer la probidad actuando como parte en alguna contratación con este. Sin embargo, para evitar conflictos de intereses o acciones desleales hacia el patrono, ya existe un amplio marco normativo que incluye una Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, y tipos penales dentro del Código Penal, que incluyen los llamados “delitos funcionales”, es decir, aquellos delitos que requieren como elemento configurador la condición esencial de ser funcionario público.

 

Existe, por su parte, dentro del Código de Trabajo, una amplia gama de deberes que deben ser observados por la persona trabajadora, y cuyo incumplimiento podría acarrear el despido justificado, además de las disposiciones contenidas en la Ley General de la Administración Pública y otras normas específicas.

 

Entonces, ¿cuál es la razón de ser de este plus salarial? Se ha preguntado alguien ¿en qué afectaría a una institución pública que un contador realice una certificación de ingresos, que maneje la contabilidad de un cliente; que un abogado celebre un matrimonio, abra un proceso sucesorio testamentario o legal, realice una escritura o actúe como representante en cualquier proceso civil, comercial, de pensiones o familia; que un economista asesore a una empresa sin vinculación con la actividad contractual del Estado; que un trabajador social o psicólogo brinde asistencia privada a quien lo requiera, que un informático repare y configure equipos de cómputo, todo ello fuera de horario laboral?

 

Necesidad. Son muchos los ejemplos que demuestran la necesidad de restringir la concesión de la dedicación exclusiva a aquellos casos en que podría existir un eventual conflicto de intereses y sólo temporalmente. Pero debe tenerse en cuenta que la dedicación exclusiva no es la respuesta para obtener la dedicación completa del servidor a la función pública, ni para “retenerlo” en ella; ni tampoco es motivación para alcanzar la profesionalización y excelencia académica, pues parece tener en la práctica el efecto contrario. Dentro de la Relación de Sujeción Especial a la que se encuentra sometido el servidor público, existen diferentes opciones para lograr ese cometido, que no necesariamente tienen carácter pecuniario, sin embargo se exige voluntad política para lograr un cambio en la forma en que es concebido y regulado el régimen de empleo público.

 

Actualmente existen diversos proyectos en la Asamblea que han problematizado sobre la relación de empleo público y las disparidades existentes en el régimen salarial; para este período extraordinario ha sido convocado el Proyecto n.º 19506 “Ley para el Ordenamiento de las Retribuciones Adicionales al Salario Base del Sector Público”. Quizás no todas las iniciativas cumplen con las expectativas de los diferentes sectores, sin embargo, poner en la mesa de discusión un tema tradicionalmente protegido por el bipartidismo de antaño, y por el gremialismo corporativo de hoy, no ha sido fácil. Lograr reformas radicales y sustantivas será una dura tarea, pero el cambio vendrá, a paso lento, pero vendrá.

 

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Martes 15 Diciembre, 2015

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