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Nacionales

Embargan a Japdeva por ¢5 mil millones

Por el no pago del ahorro de trabajadores

El dinero sería el equivalente al 3% del fondo de ahorro que definió la convención colectiva en 2002

La Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (Japdeva) sufrió un embargo por un monto de ¢5.283.946.738,95 como una medida preventiva girada en la disputa legal que el Sindicato de Trabajadores de Japdeva (Sintrajap) mantiene con la entidad por la retención del 3% del ahorro de los trabajadores.

De esta manera el viejo pleito legal entre los empleados y la administración alcanza un nuevo nivel luego de que ya la demanda fue resuelta por un juez en primera instancia y por un tribunal en segunda instancia a favor de los colaboradores.

DIARIO EXTRA informó en sus ediciones del 14 de enero y 3 de marzo del presente año los reclamos que realizaban empleados y extrabajadores de la institución ante la imposibilidad de acceder a estos recursos, fijados por la convención colectiva desde junio de 2002.

En la demanda se establecía que desde ese momento Japdeva solo les giró el 5% de los fondos que les correspondía por ley, con lo cual quedaba una retención importante en perjuicio de los colaboradores.

El derecho cubriría a tanto a los actuales como a los que ya resultaron movilizados producto de la aplicación de la Ley 9.764, que habla de la transformación de la entidad.

“Desde el 2002 tienen ese derecho y corresponde a todos los que desde ahí en adelante hacemos el reclamo colectivo, no es individual, a los cuales nos asistía este derecho”, comentó Antonio Wells, secretario general de Sintrajap.

Ante la medida cautelar que lleva el número 2020000234 la institución respondió a través de su oficina de prensa que “nos tocará apelar dicha resolución ante el tribunal respectivo. También solicitaremos la aclaración con urgencia respecto a los alcances de la misma”.

En la resolución de la medida cautelar las autoridades judiciales especificaron que dicho embargo recae sobre “las cuentas corrientes, de ahorros, depósitos a plazo, cajas de seguridad y cualquier otro valor comercial del sistema bancario nacional y privado, así como presupuestos que sean girados por parte del Estado a la accionada”.

Wells explicó que los dineros no irán a las arcas del sindicato, sino al fondo de ahorro de la entidad.

“En principio el espíritu de ese artículo era para dotar de vivienda a toda la clase trabajadora. Eso ayuda más bien a las políticas del gobierno en que exista el acceso a techo digno a los ciudadanos. Ahí nosotros nos amparamos a la Constitución Política y es un derecho que tenemos todos ahí”, amplió el líder gremial.

La administración dio a conocer que esta acción podría generar una imposibilidad para el pago de las obligaciones, lo cual incluye los gastos de operación en general, planilla de los actuales empleados, proveedores, pagar las prestaciones de los que se acogieron a la Ley 9.764, utilizar fondos para mejorar caminos regionales, atender navegación de canales o utilizar el canon de desarrollo.

Wells espera que una vez fijos los dineros en favor de los trabajadores se les pueda apoyar para que paguen deudas y se ayuden económicamente ante una circunstancia muy complicada de desempleo y desamparo, que según sus palabras ocasionó la aprobación de la Ley 9.764.

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Lunes 11 Mayo, 2020

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