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Nacionales

Arreglo de pago en créditos de la CCSS se hará en línea

Plazo de gracia de tres meses puede gestionarlo por internet

Si tiene un crédito hipotecario con la CCSS, usted puede gestionar en línea el arreglo de pago, no debe ir hasta la sucursal

Si usted tiene un crédito hipotecario con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), no debe desplazarse hasta la sucursal para llegar a un arreglo de pago. 

La entidad habilitó una opción por medio de internet para que usted pueda adjuntar la documentación necesaria y que se la aprueben por esa misma vía. 

Los interesados deben ingresar a la dirección www.ccss.sa.cr/pensiones y llenar los datos. (Ver recuadro) 

La junta directiva aprobó la postergación en el pago de las cuotas de abril, mayo, junio a los deudores que estén al día, que lo soliciten y demuestren la situación de afectación económica producto de la crisis.

Los deudores que califiquen para este beneficio deberán cancelar únicamente lo correspondiente a las pólizas del crédito durante los tres meses del período de gracia, explicó el gerente de Pensiones, Jaime Barrantes.

También se acordó, que los trabajadores independientes, podrán acogerse a los beneficios establecidos siempre y cuando demuestren su situación o afectación económica por el Covid-19, que les impida cumplir sus obligaciones. 

Lo podrán hacer por medio de una declaración jurada autenticada por un abogado o certificación de ingresos de un contador público autorizado (CPA).

Una tercera medida beneficia a los deudores que tienen operaciones crediticias con atraso menor a los 90 días al 31 de marzo 2020, en estos casos la CCSS no realizará el proceso de cobro judicial, en los meses de abril, mayo y junio 2020, para quienes lo solicitan, comentó el gerente.

En este momento, hay 5.057 operaciones de crédito activas por un monto de ¢85.497 millones. Se trata de préstamos que se dan a través del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM).

Cabe recordar que estos créditos, al igual que los de la banca, cuentan con todas las pólizas de ley, incluida la protección crediticia, que cubre la cuota los primeros tres meses en caso de que haya quedado desempleado.

 

 

¿DÓNDE INGRESO EL TRÁMITE?

 

Pasos para la solicitud para postergación de pago de cuota hipotecaria:

 

Debe ingresar a la dirección www.ccss.sa.cr/pensiones

Ir al segmento Beneficios por Covid-19 y seleccionar solicitud de prórroga en su crédito para descargar el formulario 

Completar el formulario según las indicaciones.

Anexar los requisitos 

En caso de consultas o dudas explicó que las personas pueden hacerlo al correo electrónico: [email protected]

 

 

¿CÓMO PAGO LA PÓLIZA?

 

Si usted opta por el plazo de gracia debe cancel la póliza del préstamo, mediante depósito o transferencia bancaria y luego enviar el comprobante de pago al correo [email protected]  para su respectivo registro.

 

Las cuentas bancarias habilitadas para hacer el pago son:

Banco Nacional: Número de cuenta 100-01-000-008720-5 Cuenta IBAN: CR88015100010010087202

Banco de Costa Rica: Número de Cuenta: 001-210232-3 Cuenta IBAN: CR80015201001021023232

Y en el caso de los que desean realizar su pago en línea SINPE, puede solicitar su inscripción al correo electrónico [email protected]

Fuente. CCSS

 

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS?

 

Asalariado: Llenar el formulario, adjuntar una fotocopia de la identificación por ambos lados y carta de despido o reducción de jornada en donde se verifique la entrega de ésta ante el Ministerio de Trabajo. En caso de suspensión del Contrato de Trabajo, deberá aportar copia de la carta emitida por el patrono. Los documentos deben enviarse a [email protected] 

 

Trabajador independiente: Llenar el formulario y adjuntar una fotocopia de la identificación por ambos lados, declaración jurada autenticada por un abogado en donde certifique el impacto financiero del negocio y la industria a la que pertenece el trabajo que desempeña.

De igual forma, ante una omisión de la Declaración Jurada, el prestatario podrá entregar una Certificación de Ingresos emitida por un Contador Público Autorizado (CPA) en donde se evidencia la disminución de ingresos a partir del mes de marzo 2020. Los documentos deben enviarse a [email protected]

Fuente. CCSS

PERIODISTA: María Siu Lanzas

CRÉDITOS: Foto. Archivo

EMAIL: [email protected]

Sábado 18 Abril, 2020

HORA: 12:00 AM

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