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Nacionales

Denuncian ilegal desalojo en Portete

Ley del ICT permitiría a “Macho Coca” estar en el sitio

Anhaco denunció que el desalojo en el muelle de Portete es ilegal

La orden de desalojo ejecutada el martes 18 de agosto en un muelle presuntamente ilegal, en Portete de Limón, es cuestionada y denunciada públicamente por la Asociación Nacional de Habitantes Costeros (Anhaco).

En un comunicado enviado a El Periódico de Más Venta en Costa Rica, Anhaco no cuestiona “las razones de la acción policial en sí, sino su legitimidad, por el precedente que puede conllevar”, al considerar que las autoridades podrían proceder igual en otros sitios limonenses y estar erradas.

Lo que menciona el comunicado es que el lugar allanado en Portete “no es parte de la Zona Marítima Terrestre”, pues cabe una excepción al “ser una propiedad privada debidamente inscrita al entrar en vigencia la Ley 6.043 de ZMT (artículo 6).

Además “con la Ley 2.906 del 24 de noviembre de 1961, la faja de doscientos metros de ancho desde la pleamar ordinaria, entre el límite norte de la zona urbana de la ciudad de Limón o Portete y el sitio conocido como 12 Millas o Swamp Moth, al norte de la ciudad, fue traspasado del dominio público del Estado al patrimonio privado del Instituto Costarricense de Turismo (ICT).

Donde esta última lo inscribió en Registro Público con Plano Catastral L-434-63, Partido de Limón, tomo 1.716, folio 595, número 8.283, asiento 1. Quedando facultada por mandato de esta misma Ley, para la venta de terrenos para la construcción de centros de esparcimiento”.

Precisamente la Ley 2.906 de 1961 lo denota claramente, pues el área de dichas ventas autorizadas comienza “desde la pleamar ordinaria (aquí dejó de existir los 50 metros de pública) al ICT se le autorizó y aún goza de la autoridad de vender playas privadas entre Portete y 12 Millas”, continúa el escrito.

Para Bernardo Archer, representante de Anhaco, “si bien es cierto, que la Ley de ZMT de 1977 declaró de uso público los primeros 50 metros a partir de la pleamar, y los siguientes 150 metros de uso restringido, esa disposición legal no puede tener efectos retroactivos en perjuicio de derechos de propiedad que entraron legítimamente al patrimonio de sus propietarios”.

Por lo anterior lo que procede en el caso del señor Bell Fernández y los otros seis dueños de las propiedades desalojadas en Portete es que el ICT solicite el proceso de expropiación e indemnización del propietario, “para retornar esos espacios al dominio público y modificar su presente estado dominical”.

“El único legitimado para ejercer cualquier derecho, o bien iniciar o gestionar un desahucio administrativo en contra de los actuales ocupantes para la recuperación del bien, teniendo por inoperante la usucapión, es el Instituto Costarricense de Turismo (ICT), del que salió de su esfera control en razón de la ocupación no autorizada (Dictamen N. 44-89 del 2 de marzo de 1989)”.

Lo anterior demuestra incluso, según Anhaco, que por ser una propiedad privada y haber sido ocupada y “poseída en forma pública, quieta, pacífica e ininterrumpida por casi 20 años” hay derechos posesorios por parte de los habitantes de las tierras, de acuerdo con la ley.

 

DICTAMEN PROCURADURÍA

 

El exministro de Obras Públicas y Transportes Mario Fernández, en oficio N. 6050-2000 del 4 de octubre del 2000, consulta el criterio de la Procuraduría General de la República en relación con las "zonas portuarias reservadas de Moín y Limón”.

Precisamente la consulta va motivada al hecho de que la “Ley 2.906 del 21 de noviembre de 1961 otorgó al ICT unos terrenos en Moín para que los destinara a actividades recreativas y de turismo. Posteriormente, la Ley de Japdeva traspasó a favor de ésta los terrenos propiedad del Estado en la zona portuaria de Moín y de Limón. Los terrenos a que se refiere la Ley 2.906 pasaron a formar parte de la zona portuaria de Moín por Decreto Ejecutivo y el MOPT desea ejercer sobre ellos sus potestades como autoridad portuaria”. 

Así las cosas, en “el dictamen N. C-303-2000 del 11 de diciembre siguiente, suscrito por la Licda. Magda Inés Rojas Chaves, estudia la vigencia y eficacia de la Ley 2.906 en relación con la Ley de creación de Japdeva y la Ley sobre Zona Marítimo Terrestre, tomando en consideración que los terrenos en disputa no están sumidos al régimen de zona marítimo terrestre, que el régimen de propiedad sobre ellos no es demanial (pública) y la imposibilidad de las autoridades públicas de restringir el ejercicio del derecho de propiedad cuando no existe ley que lo autorice y que el propio Estado ha aceptado la propiedad del ICT”. 

 

Por lo que se concluye que:

 

"1-. La Ley N. 2906 del 21 de noviembre de 1961 al disponer que determinada área en Moín es propiedad del ICT no resulta incompatible con lo dispuesto en la Ley de creación de Japdeva (3.091 del 18 de febrero de 1963) y la Ley sobre Zona Marítimo Terrestre (6.043 del 2 de marzo de 1977). En efecto, el traspaso en favor de Japdeva no puede sino referirse a terrenos que anteriormente pertenecían al Estado; jurídicamente no podría concernir terrenos propiedad de otras personas, a menos que se haya condicionado a la expropiación de estos. Por su parte, el artículo 6° de la Ley sobre Zona Marítimo Terrestre respeta la propiedad amparada en leyes anteriores y los terrenos inscritos legalmente. 

2-. Por consiguiente, no puede afirmarse que se ha producido una derogación tácita de la Ley N. 2906 de cita, la que, por el contrario, se encuentra vigente y es eficaz”.

Lo anterior denota que la aplicación de la Ley 2.906 está supeditada a los pronunciamientos de Procuraduría y en sí misma, lo que no podría ser retroactiva la ley de 1977 y si en su defecto los ocupantes del muelle en Portete fueron sacados por su construcción, deberán ser indemnizados, según criterio N. C-303.

 

MSP Y MP

 

Hicimos la consulta en el Ministerio de Seguridad Pública (MSP), ente encargado de los desalojos administrativos, pero mediante el vocero de prensa Jesús Ureña, el ministro de Seguridad, Gustavo Mata, nos remitió con el Ministerio Público (MP), donde ejecutaron la orden de desahucio.

El jefe del departamento jurídico del MSP, Lic. Jeiner Villalobos, indicó que de parte de su Ministerio no se ejecutó ninguna orden; que el MP lo hizo a través de denuncia y por el presunto delito de usurpación de bienes del Estado y que al ser el ICT una entidad pública, los bienes efectivamente son de este.

Hicimos las consultas en la oficina de prensa del Ministerio Público y quedaron de enviarnos la respuesta que nunca llegó.

PERIODISTA: Alexander Méndez

EMAIL: [email protected]

Lunes 24 Agosto, 2015

HORA: 12:00 AM

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