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Nacionales

Reguladores pagarán ¢17 mills. para zafarse del caso Aldesa

Fiscalía protesta y ministro pide cuentas a la Procuraduría

  • Copia de la solicitud de información a la Procuraduría por parte de Gerald Campos, ministro de Justicia

  • María Lucía Fernández, superintendente general de Valores, se libró junto a otras cinco personas de ser inhabilitada para ejercer cargos públicos

María Lucía Fernández, superintendente general de Valores (Sugeval), se libró junto a otras cinco personas de ser inhabilitada para ejercer cargos públicos. 

Esto luego de que acordaran pagar ¢17 millones por presunto daño en el caso Aldesa que, si bien no se relaciona con la demanda por supuesta estafa e involucra más de $200 millones a 600 inversionistas, es un tema colateral.

El expediente penal del caso hermano, del cual este medio tiene copia, hace una correlación de hechos que cita cuando la Sugeval empezó a recibir cheques sin fondos y otras señales de que las cosas en Aldesa no andaban bien. 

La tesis del Ministerio Público es que la Sugeval y sus funcionarios habrían sido negligentes en su actuar. No obstante, la Procuraduría optó por conciliar con los imputados. 

Frente a este escenario, el ministro de Justicia, Gerald Campos, pidió cuentas al abogado del Estado por el manejo del caso, debido a que se apartó del criterio de la Fiscalía. 

De este modo, la Procuraduría estaría archivando toda posibilidad de que los reguladores del mercado bursátil se enfrenten a un proceso por incumplimiento de deberes.

Campos manifestó que envió un oficio a la procuradora adjunta Magna Inés Rojas para que explique lo sucedido. “Todos debemos tener claro la actuación de los servidores públicos, quiero que me cuente por qué tomaron esa decisión (conciliación)”, acotó. 

El jerarca también le mandó copia a la Procuraduría de la Ética para que revise la actuación de los mismos. “La conciliación es un tema sensible y delicado”, destacó Campos, quien señaló que lo ocurrido preocupa por la importancia del caso. “Estoy pidiendo que explique el marco de legalidad”, adujo. 

 

NO ES COMÚN,
PERO SÍ LEGAL 

 

DIARIO EXTRA consultó a dos reconocidos penalistas si es atípica la actuación de la Procuraduría. 

Al respecto, Alonso Salazar manifestó que el hecho de que se aparte del criterio del Ministerio Público no es común, pero sí legal. “Con la conciliación se extingue la acción penal”, explicó. 

Entretanto, el abogado Erick Gatgens dejó ver que la Procuraduría tiene independencia funcional. “Es más frecuente que haya una armonía con el criterio del Ministerio Público, pero sí se han dado discrepancias en otros casos, hay excepciones”, dijo. 

Adicionalmente, recordó que los reguladores de la bolsa ya no podrán usar la figura de conciliación en futuros casos. Tienen una restricción por cinco años de usarla.

Una vez verificado el cumplimiento de la conciliación, este debe ser inscrito ante el Registro Judicial con una anotación que establece la fecha en la cual adquirió firmeza la resolución que declare la extinción de la acción penal por el cumplimiento de la medida por parte de los acusados. 

 

FISCALÍA PRESENTÓ PROTESTA 

 

Algo que tiene molestos a los presuntos lesionados por el caso Aldesa es que es justamente la Procuraduría General de la República la que representa a las víctimas y en este caso acordó con los acusados las condiciones de la conciliación. 

La Fiscalía debe verificar el cumplimiento de presupuestos legales en este proceso, sin embargo, dejaron claro que, al no estar conforme con las condiciones, presentó una protesta. 

“No es posible presentar una apelación, ya que para ello se debe de tener un agravio y, precisamente, al ser un acuerdo entre partes, está ausente de ese agravio”, indicó la Fiscalía Adjunta de Delitos Económicos.

 

SUPERINTENDENTE Y OTROS

 

La causa se maneja en el expediente 21-000054-0621-PE y es por incumplimiento de deberes. Si bien esto no tiene pena de cárcel, los funcionarios habrían corrido el riesgo de no poder ejercer cargos públicos.

La lista incluye a Fernández y otros presuntos imputados de apellidos González Aguilar, Castro Esquivel, Mata Solís, Arias Hernández y Segura Cano. 

“Es importante mencionar que estas no aceptaron los cargos acusados, ya que la medida alterna de conciliación no tiene como requisito la aceptación de cargos”, informó el Ministerio Público. 

 

PROCURADURÍA
SE SACUDE

 

El Periódico de Más Venta en Costa Rica solicitó a la Procuraduría una copia de la resolución del caso para conocer sus argumentos y los del Ministerio Público, pero mencionaron que el proceso penal es privado en la etapa intermedia, conforme al artículo 316 del Código Procesal Penal y no se darán más detalles en relación al caso.

Únicamente hicieron énfasis en el artículo 7 del Código Procesal Penal, mediante la aplicación de una salida alterna al proceso. Según comentaron, lograron obtener a favor del Estado una indemnización que cubre la totalidad del monto demandado civilmente por el Estado, así como las costas e intereses, monto que una vez cancelado, ascenderá una suma cercana a los ¢17 millones. 

 

NO TIENE PRISIÓN 

 

La audiencia preliminar se realizó el 20 de setiembre por parte del Juzgado Penal de Hacienda y la Función Pública. El delito de incumplimiento de deberes está tipificado en la Sección I del Título XV del Código Penal, que regula los delitos de “abuso de autoridad”. 

Se encuentra en el artículo 339 del Código Penal, no tiene pena de prisión y sanciona únicamente con pena de inhabilitación “al funcionario público que ilegalmente omita, rehúse hacer o retarde algún acto propio de su función”. 

“A los imputados querellados se les atribuyó el delito de incumplimiento de deberes por haber omitido ilegalmente sus deberes legales de supervisión y fiscalización de la sociedad controladora (Holding) Aldesa Corporación de Inversiones S.A., ya que únicamente supervisaron el Grupo Bursátil Aldesa”, explicaron.

PERIODISTA: María Siu Lanzas

CRÉDITOS: Foto: Archivo

EMAIL: [email protected]

Martes 27 Septiembre, 2022

HORA: 12:00 AM

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