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Nacionales

Obligarían a la CCSS a pasar datos confidenciales a Supen

Aprovechan proyecto de retiro del ROP para meter gol en pensiones

Una reforma planteada por la superintendente Rocío Aguilar implicaría que la CCSS deba trasladarle datos confidenciales de los trabajadores

Un gol iba a meterles a los trabajadores en materia de pensiones aprovechando el proyecto de ley para el retiro del Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROP). 

Así se desprende de una consulta hecha por el diputado José María Villalta al departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa. 

DIARIO EXTRA cuenta con copia del informe DEST-CJU-034-2020, donde los técnicos aseguran que este proyecto, así como está es inconstitucional. 

Al parecer con todos los cambios introducidos al texto se pierde el sentido de la propuesta original, que consistía en que los ticos pudieran retirar el ROP de una manera más expedita y no a cuentagotas, como ocurre hoy día. 

La iniciativa de ley, según el análisis legislativo, compromete la autonomía de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y eventualmente ordena la entrega de información confidencial a la Superintendencia de Pensiones (Supen).

Lo que propone la reforma es modificar el artículo 58 de la Ley de Protección al Trabajador. El nuevo texto señala: “Las comisiones que aplique el Sicere por la recaudación de los aportes de los afiliados a las entidades autorizadas deberán ser autorizadas por la Superintendencia de Pensiones.

Para lo anterior la Caja Costarricense de Seguro Social deberá remitirle toda la información que esta requiera, con el propósito de que la comisión sea establecida al costo y evitar subsidios entre los prestatarios del servicio de recaudación”.

Este artículo a criterio de los técnicos legislativos es inconstitucional. El cambio fue introducido por los diputados ante una propuesta de Rocío Aguilar, superintendente de Pensiones.

 

OTROS ROCES CONSTITUCIONALES

 

El informe además advierte que pretendían modificar los aportes patronales y cambiar la forma de traslado a diferentes órganos sin antes realizar estudios actuariales para demostrar los impactos y equilibrios en el sistema de pensiones. 

Lo anterior es una falta al requerimiento constitucional de razonabilidad y proporcionalidad básicos, máxime que estamos en presencia de derechos de los trabajadores, protegidos en los artículos 50, 56 y 74 de la Constitución Política, advierte el análisis.

“Se considera inconexa la reforma propuesta e introducida al proyecto de ley como enmienda, por medio del dictamen y, por ende, su introducción podría ser un vicio sustancial en el procedimiento que podría generar una inconstitucionalidad al violentar el principio de conexidad”, señala el documento.

 

NO PUEDEN TOCAR EL FCL

 

Con la reforma introducida vía enmienda se modificaba el aporte que los patronos aportan al Fondo de Capitalización Laboral (FCL) de un 3% a un 1,5%, calculado sobre el salario mensual del trabajador. 

Asimismo, se eliminaba la obligación del traslado que se hace anualmente o antes en caso de la extinción de la relación laboral del 50% al Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias, en las condiciones establecidas en la ley, por parte de las entidades autorizadas (operadoras de pensiones). 

También se eliminaba que el restante 50% del aporte establecido y los rendimientos sean administrados por las entidades autorizadas, como un ahorro laboral conforme a la ley. 

Sin embargo, el análisis legislativo advierte que las modificaciones a los montos de los aportes patronales del FCL y aspectos sobre su administración, así como la eliminación de traslado de fondos de las operadoras de pensiones al ROP y la eliminación de disposiciones sobre la administración de una parte del FCL, no tienen relación alguna con la propuesta originalmente planteada en el expediente legislativo No.21.309.

Esto también sería inconstitucional y establecerse como un vicio de procedimiento, advierten los técnicos legislativos.

PERIODISTA: María Siu Lanzas

EMAIL: [email protected]

Martes 21 Julio, 2020

HORA: 12:00 AM

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