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Nacionales

Matrimonio igualitario desata dudas

Sala IV notifica sentencia completa

El 8 de agosto los magistrados sesionaron 15 horas, mientras tanto la población homosexual esperó frente a la Sala Constitucional

La publicación de la sentencia completa de la resolución relacionada con el matrimonio igualitario desata dudas entre los grupos de la población LGBTI.

Tras 98 días de la jornada maratónica relacionada con la publicación del matrimonio entre personas del mismo sexo, la Sala Constitucional notificó el voto número 2018-12782 de las 5:45 p.m. del 8 de agosto de 2018.

Esto permitió la acción de inconstitucionalidad tramitada bajo el expediente 15-013971-0007-CO en relación con el matrimonio igualitario. 

“En los próximos días, el Tribunal remitirá dicha sentencia a la Imprenta Nacional con el fin de que se proceda a su publicación íntegra en el Boletín Judicial conforme lo dispuesto en el pronunciamiento antes mencionado”, citó la oficina de comunicación de la Corte Suprema de Justicia. 

 

INCONSISTENCIAS 

 

En el voto de la Sala Constitucional los magistrados señalaron una serie de inconsistencias en relación con la implementación del matrimonio igualitario a raíz de la aplicación de las leyes actuales. 

Un ejemplo de lo anterior es el artículo 35 del Código de Familia, donde se lee “El marido es el principal obligado a sufragar los gastos que demanda la familia. La esposa está obligada a contribuir a ellos en forma solidaria y proporcional cuando cuente con recursos propios”. 

Ahí se cuestionaron sobre lo que pasaría dentro de una relación homosexual, donde manifestaron cuál miembro de la pareja asumiría como marido y cuál como la esposa, a raíz de la norma transcrita. 

 

ATAR CABOS SUELTOS 

 

Para Marco Castillo, representante de Diversidades LGBTI Costa Rica, se deben atar algunos cabos sueltos en relación con el matrimonio igualitario en Costa Rica.

Sin embargo reconoció que quedan por resolver algunos puntos que permanecen como dudas, entre ellos la herencia, la adopción y el apellido de los hijos adoptados.

El abogado Yashin Castrillo explicó que el tema relativo a los menores de edad es materia sensible para algunas personas que se opusieron al vínculo y que la sentencia notificada en su parte integral no menciona nada al respecto.

Consideró que la Sala Constitucional se encuentra delegando en la Asamblea Legislativa la regulación del matrimonio igualitario.

ESTO RESOLVIÓ LA SALA 

 Fallo 1 (matrimonio igualitario)

 Resolución: 

Estado readecúe la legislación interna y extienda el derecho de acceso a la institución matrimonial.

Dichos cambios deben adaptarse en un plazo de 18 meses. 

Vigencia del inciso 6 numeral 14 del Código de Familia se mantendrá hasta febrero de 2020.

 Fallo 2 (uniones de hecho)

 Resolución: 

Se insta a la Asamblea Legislativa a adecuar el marco jurídico para reconocer las uniones de hecho. 

En esta resolución no se especifica plazo para proceder con acciones.

PERIODISTA: Greivin Granados

EMAIL: [email protected]

Jueves 15 Noviembre, 2018

HORA: 12:00 AM

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