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Nacionales

Actas de nacimiento y defunción podrían ser inválidas

Ante deficiencias de Registro Civil

La CGR instó a la Dirección del Registro Civil adoptar una serie de acciones para enmendar las deficiencias, pues el proceso realizado y la información empleada es de carácter delicado

La inscripción de hechos vitales  como por ejemplo los contemplados en  actas de nacimiento, certificados de matrimonio o de divorcio, así como de defunción, por parte del Registro Civil es deficiente, pues la instancia, adscrita al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) incurre en una serie debilidades que ponen en riesgo la validez a la documentación emitida para fines legales, personales, financieros y educativos.

 

Así concluye la Contraloría General de la República, en un reciente informe Dfoe -Pg-If-16-2015 en el que se estudió el trabajo que realiza la Dirección General del Registro Civil. Entre las debilidades detectadas es que la información consignada en el listado de los registradores auxiliares que están autorizados para realizar declaraciones de hechos vitales presentan debilidades en cuanto a su calidad.

 

Esto por cuanto, la capacitación que reciben los registradores auxiliares no obedece a una programación anual planificada, lo cual tiene incidencia en las devoluciones realizadas y los motivos por los cuales no se efectúan algunas inscripciones, pues entre el 2007 y 2014, se efectuaron 45.481 devoluciones por parte de los interesados de actas de nacimientos, matrimonios y defunciones.

 

Del total,  7.591 obedecen a que el formulario empleado carecía de la firma y sello, ya sea del registrador o del declarante, siendo éste un requisito vital que no debe obviarse a la hora de recopilar la información.

 

“La implicación de que un hecho vital no se registre a tiempo, o en su defecto nunca se realice, lesiona los derechos fundamentales de los ciudadanos costarricenses. El no registrar un nacimiento condena a una persona a no existir y no poder optar por los deberes y derechos tanto individuales como sociales que brinda el Estado, o bien a no enfrentar sus obligaciones.

 

Además, al no registrarse una defunción deja abierta la posibilidad que la persona siga activa jurídicamente y con ello se presente el riesgo de que siga recibiendo beneficios que eventualmente podrían no corresponderle, o se afecten  derechos fundamentales de terceros relacionados con el difunto”, detalla la Contraloría.

 

POR LA LIBRE

 

Agrega la Contraloría que la recopilación de la información para la inscripción de los hechos vitales se lleva a cabo por medio de 13.788 registradores auxiliares aproximadamente, de los cuales el 1% son funcionarios del TSE y el 99% restante corresponden a registradores auxiliares ad honorem. 

 

A criterio de la entidad fiscalizadora del Estado, el Registro Civil carece de procedimientos debidamente documentados, aprobados y divulgados, que le permitan, entre otros, garantizar el uso y la custodia adecuada de los formularios en blanco por parte de los registradores auxiliares, controlar la devolución de los formularios ante el fallecimiento de un registrador auxiliar o bien algún notario no pueda ejercer su profesión y  garantizarle al TSE la devolución de los formularios asignados a registradores auxiliares que han sido inhabilitados permanentemente.

 

Por otro lado, el Registro Civil no puede revocar  la investidura de los registradores auxiliares pues para este último deben mediar denuncias externas para iniciar las investigaciones correspondientes, aspecto que a la fecha no se ha dado ante el TSE”, recalca la Contraloría.

 

A PIE

 

Otra de las deficiencias encontradas es que el proceso de captura de información de los hechos vitales se desarrolla de forma manual por medio de formularios preimpresos que carecen de elementos de seguridad que permita garantizar su autenticidad e impida su suplantación. 

 

Si bien los bloques de los formularios correspondientes a cada hecho vital, en su portada incluye información general para su llenado, esta presenta diferencias en los plazos de remisión respecto de lo señalado en la normativa que los rige; además el procedimiento utilizado para su remisión  al TSE no es consistente.

 

“Asimismo, el Registro Civil no tiene formalmente establecido mecanismos para la recopilación y traslado de las declaraciones de hechos vitales desde donde se origina el hecho hasta la sede central.

 

Existen diversas formas para su remisión, en las cuales hay una total interacción humana, esto por ser un proceso completamente manual  documental; lo que genera riesgos ante la pérdida, sustitución o deterioro de los formularios”, señala la Contraloría.

PERIODISTA: Krissia Morris Gray

EMAIL: [email protected]

Martes 04 Agosto, 2015

HORA: 12:00 AM

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