La Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) asoció a 87 parejas del mismo sexo, luego de la aprobación por parte de la junta directiva en octubre del 2014.
Esto sucedió modificando los artículos 10, 12 y 13 del Seguro de Salud, que se refiere a la protección de la familia y así abrir la posibilidad para las parejas homosexuales.
Para la Caja esto significa un avance en la sociedad costarricense, en cuanto a la igualdad.
Si quiere formar parte de este derecho deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Demostrar vínculo
• Consanguinidad (padres, hijos, hermanos).
• Legal (matrimonio, menores en custodia o unión de hecho reconocida).
• Afinidad (parejas del mismo sexo, padres de crianza, hijos putativos).
Establecer convivencia
• Cónyuge, se da por cumplido.
• En caso de unión de hecho, se comprueba: relación estable, bajo un mismo techo, pública y notoria, exclusiva, y al momento de gozar el beneficio, libertad de estado del asegurado directo y el beneficiario familiar.
Documentar dependencia económica
• La persona en relación con la cual se pide el beneficio debe depender económicamente del asegurado (a) directo.
•Se da por cumplida para hijos menores de edad, pues a los menores los cubre la protección del Código de la Niñez y la Adolescencia.