Miércoles 01, Mayo 2024

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° San José, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Alajuela, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Cartago, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Heredia, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Limón, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Guanacaste, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Puntarenas, CR

Opinión

Ley “Caballo de Trocha” da luz verde a refinerías

El nombre de este proyecto de ley es largo para endulzar el oído, suena tan bonito que dan ganas de apoyarlo: “Ley para mejorar el funcionamiento de las instituciones del sector público”. Se entiende que, como su nombre lo indica, es para mejorar; pero al leer dos párrafos le sienta mejor el título “Caballo de Troya” para permitir trochas y refinerías sin frenos. Es una Ley Mordaza para la Contraloría y la Procuraduría, que permitiría al Consejo de Gobierno, es decir, presidente y sus ministros, ignorar objeciones legales que se haga a una licitación o contratación. Es el expediente Nº 18.732, de cariño “Ley Caballo de Trocha”.


Considerando que nuestros diputados aprueban leyes sin leerlas, tal como pasó con la Ley de la Persona Joven y la discriminación a parejas gais, resulta preocupante que esta ley pueda ser aprobada tomando en cuenta sólo su título. Necesitamos que alguien del gobierno de doña Laura Chinchilla, promotor de esta ley, nos explique esos párrafos, y nos corrija si entendimos mal su posible aplicación.

 

La Procuraduría no cuenta.

 

El proyecto propone modificar la Ley Orgánica de la Procuraduría para que diga así: “Artículo 6. Dispensa en el acatamiento de dictámenes: El Consejo de Gobierno podrá dispensar de la obligatoriedad de los dictámenes emitidos por la Procuraduría, mediante resolución razonada”
Si entendí bien, a criterio del presidente y sus ministros, un dictamen de la Procuraduría podría ser ignorado si tienen razones que consideren suficientes, a su entera discreción.

 

La Contraloría no cuenta.

 

Se propone modificar la Ley de Contratación Administrativa para que diga así “Artículo 30. Modificación del procedimiento en licitación infructuosa: Si se produce una licitación infructuosa, la administración podrá utilizar en el nuevo concurso el procedimiento de licitación abreviada. Si una licitación abreviada resulta infructuosa, la Administración podría realizar una contratación directa.”


Un escenario de aplicación perfectamente podría ser este: En una licitación ninguno de los oferentes es elegible, por vicios o cualquier otra razón. No hay problema, la Contraloría declara desierta la licitación, y de inmediato aplicamos un método más rápido, la licitación abreviada. Si la Contraloría encuentra los mismos defectos es excelente, eso da permiso para aplicar contratación directa, o sea la elección a dedo, sin concurso público, y de forma completamente legal.


Al leer este proyecto de ley recordé La Trocha, la carretera a San Ramón, la refinería China, el narcojet, y se me paró el pelo, en especial porque el gobierno está acelerando su aprobación. ¿Es esta ley un cheque en blanco para que el Consejo de Gobierno contrate a manos llenas a quien le venga en gana?

PERIODISTA:

EMAIL:

Sábado 03 Agosto, 2013

HORA: 12:00 AM

CRÉDITOS: Por: Ing. César Monge

Enviar noticia por correo electrónico

SIGUIENTE NOTICIA

ÚLTIMA HORA