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Opinion

La necesaria pericia en las compras públicas

Opinión

Para nadie es un secreto la importancia de las compras públicas, un inadecuado manejo de los limitados recursos públicos incide directa y groseramente sobre la calidad de vida de todas y todos los costarricenses. 

Uno de los principales riesgos de la contratación pública es sin duda la falta de probidad de los actores. No obstante, además de la corrupción, otra importante amenaza es la falta de pericia técnica de los operadores de contratación pública, tanto del lado de la Administración, como del sector oferente. 

Ciertamente, la contratación pública tiene entre sus múltiples retos, conciliar el derecho público y el derecho privado, no por nada tiene sus propios principios rectores y eso justifica a su vez, la existencia de una normativa específica, en nuestro país, recientemente remozada con la nueva Ley General de Contratación Pública, que entró en vigencia en diciembre del año 2022. 

Esta nueva norma, reconoce la necesidad de un conocimiento especial de la materia para la operación de los procedimientos de contratación, no por menos aborda un capítulo dedicado a la profesionalización de los funcionarios(-as) que participan en los expedientes de contratación.

No obstante, la normativa no exige la intervención de un profesional en derecho tan siquiera en las fases recursivas de los procedimientos de más alta cuantía, lo cual promueve la participación de más oferentes por abaratar costos, pero a su vez, zanja ciertos riesgos que deben ser advertidos.

La ausencia de una adecuada asesoría legal, sea en la formulación de actos de la Administración o en los actos de los oferentes, pone muchas veces en peligro los procesos y los intereses que se gestionan. Por dar un simple ejemplo, los recursos de objeción mediante los cuales se discuten los pliegos de condiciones, deben fundamentarse en los principios rectores de contratación y no son pocas las veces en que el recurrente falla en esto, claramente, por una grave falta de pericia jurídica.

Eso sin mencionar el riesgo al cual se ven expuestos los oferentes en el caso de que sus recursos sean calificados como “temerarios”, novedad de la norma que pretende garantizar la celeridad del procedimiento de contratación penalizando económicamente a los oferentes que formulen recursos de manera inadecuada. 

Por esto es valioso recomendar que se opere la contratación pública con toda experticia y en la medida de lo posible con una adecuada asesoría jurídica, en especial en la fase recursiva. 

Las compras públicas operadas con esta pericia técnica van a producir beneficios para todos, en el caso de la Administración, se va a reducir los riesgos de nulidad y se va a mejorar el flujo y calidad de la contratación, entendiendo esto como procesos más seguros, céleres y efectivos, decantando con ello en una mejor atención a la necesidad pública. 

Mientras que, para el sector privado, esto implicaría una participación proactiva, mayores probabilidades de éxito de adjudicación, una mejor gestión en la previsión de gastos en la fase de ejecución y con ello, una maximización de sus utilidades, -y aunque parezca marginal-, un mejor desempeño en su papel como fiscalizador del proceso de contratación, pero de esto último, hablaremos en futuros artículos.

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Martes 26 Marzo, 2024

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